#Jujuy: Dos hombres condenados por cometer abusos sexuales
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Dos nuevos fallos resueltos por la Justicia jujeña, tiene como condenadas a dos personas, acusadas de abuso sexual, uno por someter a una joven que padece retraso madurativo y otro por atacar sexualmente a una niña, a la que había solicitado el trámite de adopción.
Ayer el Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a un hombre a la pena de 11 años de prisión, luego de que haya quedado debidamente acreditado que abusó en reiteradas oportunidades a una joven que padece retraso madurativo, hecho ocurrido en la localidad de Ocloyas.
Así también, se ordenó que una vez que esté firme y consentida la sentencia, la incorporación de los perfiles genéticos del condenado al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Sobre los hechos
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, en el mes de febrero de 2019, la víctima, una mujer que padece un retraso mental grave, se trasladaba a una finca rural ubicada en cercanías de la localidad de Ocloyas a los fines de visitar a sus padres de crianza.
En esas circunstancias conoció al imputado, quién aprovechándose de la situación y del retraso mental que padece la víctima, abusó sexualmente de ella.
El Tribunal fue integrado por los jueces María Margarita Nallar (presidenta de trámite), Ana Carolina Pérez Rojas y Mario Ramón Puig. En tanto, la secretaría estuvo cargo de Silvana Anún.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral, en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, por el que se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró llegar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y la abogada defensora.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó Darío Osinaga, mientras que la defensa técnica fue ejercida por María Adriana Fernández, Defensora Oficial Penal del Ministerio Público de la Defensa Penal. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal.
Deberá purgar 13 años por ultrajar de una niña a la que quería adoptar
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a 13 años de prisión a un hombre, luego de comprobarse que abusó sexualmente de una niña de 11 años, a la que pretendía adoptar junto a su pareja, hecho ocurrido en la ciudad de Libertador General San Martín. Así también, autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una ver firme la sentencia.
Sobre la acusación
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, en el transcurso del año 2017, la víctima, una niña de 11 años de edad, convivía junto a una mujer quien tenía la guarda provisoria y al imputado, en una vivienda de Libertador General San Martín. En esas circunstancias, el acusado aprovechó las distintas oportunidades en que se quedaba a solas en el inmueble con la niña y aprovechaba para abusar sexualmente de ella, ataques sexuales que se produjeron hasta el mes de agosto de 2018.
El hecho conmocionó a toda la comunidad de la ciudad de Libertador General San Martín. El Tribunal en lo Criminal Nº1 fue integrado por los jueces María Alejandra Tolaba (presidente de trámite), Felicia Barrios y Luciano Yapura. Mientras que la secretaría estuvo a cargo de Carina Planckensteiner. Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó Sergio Marcelo Cuellar, quién solicitó para el acusado la pena de 15 años de prisión, luego de que en la producción de los alegatos dijo que quedaron debidamente acreditados los actos por los que fue traído a juicio.
La defensa técnica del condenado fue ejercida por María Florencia Quintar, defensora oficial penal, representante del Ministerio Público de la Defensa Penal, quién pidió la nulidad de todas las actuaciones realizadas en la causa judicial, a lo que no hizo lugar el Tribunal. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.