Argentina I Aguinaldo 2024: cuándo se paga y cómo se calcula

Conoce la fecha límite en la que el empleador debe depositar el SAC en diciembre y cómo calcularlo.

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, debe ser abonada, a más tardar, el 18 de diciembre, según indica la ley 27.073.

Este plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, por lo que, este año, el pago del aguinaldo podrá efectuarse hasta el 24 de diciembre.

CÓMO SE CALCULA EL AGUINALDO

Cada medio aguinaldo es equivalente al 50% (la mitad) de la mayor remuneración mensual por todo concepto dentro del semestre en que se liquida. Para ese cálculo, se tienen en cuenta las horas extra y se excluye todo lo “no remunerativo”.

Se calcula de la siguiente forma:

Sobre el mejor sueldo bruto.

Se hacen los descuentos de jubilación y obra social, entre otros.

Así se llega a la suma "neta" o de bolsillo.

CÚANTO SE COBRA SI SE EMPEZÓ A TRABAJAR EN UNA EMPRESA HACE MENOS DE UN AÑO

El aguinaldo se abonará de acuerdo con los meses trabajados, en el caso de los trabajadores con menos de un año de antigüedad. Existen dos fórmulas para calcularlo:

Dividir el mejor sueldo recibido en el tiempo trabajado por 12 y multiplicar el resultado por los meses trabajados.

Multiplicar los meses trabajados por la mitad (50%) del mejor salario mensual y luego dividir ese resultado por seis.

QUÉ ES EL SAC O AGUINALDO

El aguinaldo consiste en un sueldo extra que se otorga por año y se distribuye en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre. Por eso, se utiliza el término “medio aguinaldo” para referirse a cada uno de esos pagos.

QUIÉNES NO COBRAN EL AGUINALDO DE DICIEMBRE DE 2024

Los empleados registrados en relación de dependencia de los sectores público y privado percibirán la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo, en el mes de diciembre.

Los trabajadores que no percibirán el SAC son aquellos que:

No tengan un trabajo registrado: esto incluye a trabajadores informales.

Sean monotributistas: no tienen relación de dependencia y, por lo tanto, no están sujetos a las leyes laborales que regulan el aguinaldo.

Sean dueños de negocios: propietarios de empresas no se consideran empleados y, por lo tanto, no tienen aguinaldo.

Profesionales: abogados, arquitectos, contadores, ingenieros que perciben honorarios por servicios no tienen aguinaldo.

Fuente: Panamericana Embarcacion